Tribunal de INdisciplina

El Tribunal de disciplina deportiva del interior resolvió que el partido entre Juventud y DEFENSORES por la 4ta fecha del TDI continúe sus 45 minutos restantes.
Se espera que el encuentro se juegue el día sábado y sin público, recordemos que DEFENSORES ganaba 2 a 0 y tenía un hombre más en cancha mientras que Juventud de Pergamino deberá ganar o ganar para clasificar a la próxima instancia del torneo.
A continuación el informe oficial:

EXPEDIENTE Nº 1524/12 – TORNEO DEL INTERIOR 2012

Partido 12/02/11 – Juventud (Pergamino) Vs. Defensores (Salto)

Buenos Aires, 1 de marzo de 2012.-

VISTO

El informe efectuado por el árbitro del partido, mediante el cual nos hace saber: "...A los 44' de juego el asist. Num. 1 me informa que recibió un proyectil de la tribuna local e impacto sobre su pierna luego de evaluar la lesión decidimos continuar con lo que quedaba del primer tiempo. Una vez llegado al vestuario el jefe del operativo el señor sub comisario Ernesto Soria nos informa que no están dadas las garantías para continuar con el segundo tiempo ya que solo eran 7 efectivos y la tribuna local no se comportaba de la mejor forma. De este modo se resolvió suspender el encuentro finalizado el 1er tiempo el resultado era Juventud de Pergamino 0 (cero) – Defensores de Salto 2 (dos) se les informo a los capitanes de la decisión final y luego de esperar un tiempo prudencial nos retiramos del estadio sin problemas..." (sic); y,

CONSIDERANDO

Que mediante nota Nº 18/12, el Tribunal de Disciplina, corrió traslado del citado informe a la Liga de Fútbol de Pergamino, con la finalidad que el Club Juventud, procediera a ejercer su derecho de defensa. Claramente surge del informe arbitral que el partido se suspendió pues el encargado de la seguridad le informo que "ya que solo eran 7 efectivos y la tribuna local no se comportaba de la mejor forma".

La denuncia del árbitro es claramente enfocada a una cuestión atípica pues no seencuentra prevista en el art. 80 del R.T.P. y que puede ser entendido desde la prevención policial más no desde la conducta típica.

El hecho de calificar el comportamiento de la parcialidad como que no lo hacía de la mejor manera por su genérica expresión impide valorar el objeto mismo de la imputación. El partido debe continuarse disputando el tiempo restante de 45 minutos en dos períodos iguales de tiempo, según reprograme el Consejo Federal y de conformidad con lo indicado por el art 106 inc. n- corresponde al club local hacerse cargo de los gastos que demande organizar el encuentro.-

RESUELVE:

1º) DISPONER SE CONTINÚE DISPUTANDO EL PARTIDO QUE  FUE INTERRUMPIDO EL 12/02/11 Y QUE JUGABAN JUVENTUD (PERGAMINO) VS. DEFENSORES (SALTO). Art. 32, 33, 106 LETRA n, DEL R.T.P.).

2º) COMUNÍQUESE AL CONSEJO FEDERAL PARA LA PROGRAMACIÓN DEL ENCUENTRO SEGÚN LO RESUELTO EN EL PUNTO PRECEDENTE.

3º) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.



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